TS-CAPE-
II-3a.-025-070801-.1-300801-1
P E N A L .
| RUBRO: | CALIFICATIVAS, SU ANÁLISIS DEBE SER MATERIA DEL AUTO DE TÉRMINO CONSTITUCIONAL Y NO DEL AUTO DE SOBRESEIMIENTO |
| TEXTO: | En los casos en que el agente del Ministerio Público consigne al inculpado, ejercitando en su contra acción penal por un delito básico que pudiera encontrarse comprendido dentro de los perseguibles por querella de parte, pero cuya persecución se torna oficiosa por estimarse que concurrió en su ejecución una circunstancia que lo califica, aún cuando dentro del término constitucional el ofendido haya comparecido a otorgarle el perdón, es imperativo que el juez conocedor proceda primeramente a resolver la situación jurídica del agente, analizando todas y cada una de las pruebas existentes en autos a fin de determinar la comprobación del o los delitos imputados, así como de la calificativa de que se trate y la probable responsabilidad del inculpado. En la inteligencia de que, sólo al estimarse incomprobada la calificativa atribuida, el juzgador estará en condiciones de estudiar sobre la procedencia del perdón otorgado para poder declarar el sobreseimiento de la causa. |
| FUENTE: | CAPE - II - 26 de febrero de 2001 - 3a. SALA - TP 85/2001-III. A - Unanimidad de votos - Ponente: Mag. Manuel César Romero Herrera. Secretario: Maritza Medina Custodio. |