TS-CAPE-II-1a.-028-311001-.1-071101-1
P E N A L
| RUBRO: | CORRUPCIÓN
DE MENORES. CASO EN QUE SE CONFIGURA EL TIPO AGRAVADO. |
| TEXTO: | El hecho de que un profesor de música hubiere inducido a su alumno, menor de edad, a realizarle reiterativamente el acto sexual por vía no idónea (contra natura), indudablemente influyó en la alteración de sus valores morales, pues al inculcársele tal práctica perversa se le indujo a degradarse; razón por la cual, se integra, además del tipo básico previsto en el artículo 329, fracción II, del Código Penal en vigor en el estado de Tabasco, la figura agravada a que se contrae el diverso 334 del propio ordenamiento; cuenta habida que, el trato entre maestro y discípulo constituye una relación de autoridad de hecho entre aquél y éste, de acuerdo con lo que se sostiene en el Diccionario para Juristas, de Juan Palomar de Miguel (Mayo Ediciones, 1981, pág. 148), donde "relación de autoridad" se conceptualiza como "El poder que una persona tiene sobre otra que le está subordinada". |
| FUENTE: | CAPE - II - 10 de abril de 2001 - 1a. SALA - TP 213/2001-I .S - Unanimidad de votos - Ponente: Mag. José Francisco Quevedo Giorgana. Secretario: Wilfrido Méndez Sánchez. |